Se sancionará con prisión de dos a seis años y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, que equivale a 192 mil pesos, a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento como los Ecosig.
El Pleno del Senado aprobó prohibir las terapias de reorientación sexual, también conocidas como Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig).
Con 69 votos a favor, dos en contra y 16 abstenciones, en lo general, y 59 votos a favor, 2 en contra del PAN y 15 abstenciones también de panistas, uno del PES y otro del PT, en lo particular, fue avalado el dictamen que prohíbe realizar, impartir, aplicar, obligar o financiar tratamientos, terapias, o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
Con este dictamen se adiciona un Capítulo IX denominado “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas” al Código Penal Federal y un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud.
Se sancionará con prisión de dos a seis años y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, que equivale a 192 mil pesos, a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento como los Ecosig.
La sanción aumentaría al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, personas adultas mayores o personas con alguna discapacidad.
A las y los profesionales, técnicos o auxiliares de las disciplinas para la salud que realicen este tipo de prácticas, se les aplicarán las mismas penas y serán suspendidos en el ejercicio profesional hasta por tres años. En caso de reincidir se les cancelaría el registro de la cédula profesional respectiva.
En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima los que incurran en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento, a consideración del juez.
Dichas sanciones también aumentarán al doble, cuando la persona autora tenga una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación con la víctima.
Así como cuando se valga de una función pública para cometer el delito o emplee violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima.
El proyecto especifica que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos.
Al posicionarse a favor del dictamen, la senadora Olga Sánchez Cordero de Morena señaló que, como parte de estas mal llamadas “terapias de conversión”, se obliga a las personas a tomar medicamentos, a recibir tratamientos o a realizarse procedimientos médicos e incluso son privadas de su libertad en centros de salud.
También dijo que quienes acuden presentan sentimientos de culpa, de vergüenza, de depresión y de falta de estima, de acuerdo con la iniciativa ciudadana “No Más ECOSIG”.
“La Comunidad LGBTTTI ha estado sujeta a diversas formas de marginación, de exclusión social, y pretendiendo justificar tales actos con la concepción errónea, arcaica y desnaturalizada, según la cual se les perciba como anormales, enfermas o inmorales (…) No más discriminación, no más marginación para esta comunidad”, dijo Sánchez Cordero.
Por su parte, la senadora Marcela Mora Arellano del PES calificó como aberrante que existan doctores que realicen este tipo de prácticas, las cuales son torturas.
“No se trata de que mis colegas puedan, psiquiatras, psicólogos, puedan o no hacer una terapia de reconversión, se trata absolutamente de prohibirlas porque son criminales, es tortura”, opinó.
La única senadora del PAN que votó a favor, Xóchitl Gálvez Ruiz dijo que todos en su grupo parlamentario están en contra de estas terapias, pero que el dictamen presentaba un problema de redacción y que su compañero Damián Zepeda proponía construir un acuerdo para que no se pueda criminalizar a alguien, como un psicólogo que aborde temas de orientación sexual.
“Yo creo que en el fondo todos estamos de acuerdo que es un crimen que se le obligue a un niño a ir a una terapia bajo estos métodos que ya todo mundo conocemos y hemos visto”, dijo Gálvez Ruiz.
Sin embargo, los panistas que votaron en contra no ocultaron su desconocimiento del tema con discursos discriminatorios y hasta homofóbicos.
Sin ningún sustento científico, el senador José Alfredo Botello Montes del PAN dijo: “Estoy contra de este dictamen, ya que impide que todos los pedófilos y pederastas del país puedan ser atendidos por un especialista en la salud mental y afectiva, situación que incrementa el riesgo y la tasa de reincidencia en agravio de las poblaciones vulnerables, que se integran principalmente de niñas, niños y adolescentes”.
Mientras que el senador panista Víctor Oswaldo Fuentes Solís dijo que no podía explicarse, “cómo una persona, a propuesta de muchos de los que están aquí en el Pleno, pueda decidir si aborta o no aborta, y no pueda decidir si va o no a una terapia”.
Este dictamen fue presentado en 2018 por las senadoras Citlalli Hernández Mora de Morena; Alejandra Lagunes Soto del Partido Verde y Patricia Mercado de Movimiento Ciudadano.
En 2019 fue aprobado en la Comisión de Justicia y se mantuvo en la congeladora.
Ahora, será turnado a la Cámara de Diputados para su análisis, discusión y votación.
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